Legislador Wilder Ruiz bota a asistente embarazada
Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
24-11-2014
Legislador Wilder Ruiz bota a asistente embarazada
http://www.voltairenet.org/article186017.html?var_mode=recalcul
El parlamentario nacionalista Wilder Ruiz Loayza despidió a su asistente de despacho, Daniela Isabel Silva Ames, el "motivo": su estado de gestación de siete semanas y media. Quien debía custodiar los derechos humanos, los incumple, viola con alegría grosera y bota a una empleada.
Recientemente y sobre esa base, en las últimas dos décadas y media se legisló a favor de la mujer trabajadora y, sobre todo, de la madre trabajadora, a fin de que no fuesen objeto de denuncias arbitrarias en razón de su estado de gravidez, para liberarse de las responsabilidades laborales que el hecho implica. Con la resistencia de los empleadores, la mujer trabajadora gestante fue progresivamente reconocida como sujeto de derechos y se logró en gran medida evitar el consuetudinario despido de la que era objeto.
Por su parte, el abogado de Daniela Silva, Luis Alberto Pacheco, anunció que, a pesar del ofrecimiento de la bancada nacionalista en torno a este caso –del cual, por lo demás, dudan mucho–, formalizará las denuncias respectivas ante las Comisiones de Ética y de la Mujer, a la vez que denunciará ante la Fiscalía de la Nación al congresista Wilder Ruiz quien con su proceder habría cometido varios delitos de connotación penal, como son los de Discriminación, Abuso de Autoridad, Omisión de Actos Funcionales, Falsedad Ideológica, Omisión de consignar declaraciones en documentos y Falsedad Genérica calificados, previstos y sancionados en los artículos 323°, 376°, 377°, 428°, 429° y 438° del Código Penal, solicitando, además, la inhabilitación en el cargo de congresista, conforme a lo previsto en los artículos 36°, 426° y 432° del referido Código.
Cuando el lunes 10 de noviembre, Daniela Silva amaneció con malestares insoportables y fue informada por el médico que la vio, que llevaba un embarazo de casi dos meses, informó de inmediato a Ruiz Loayza quien le comunicó su cese.
Entonces Silva Ames consideró ingenuamente que se trataba era una broma pesada, y procedió a realizar ante el despacho el trámite de descanso médico otorgado para los días 10 y 11 de noviembre. El 11 verificó que otra persona ya se encontraba ocupando su espacio y se le impidió el ingreso por disposición de Ruiz Loayza quien es, ironías de la vida, Presidente de la Comisión de Inclusión Social y No Discriminación del Congreso que tiene la tarea de proteger, justamente, a personas como Daniela Silva de los atropellos que genera la discriminación que impide la “inclusión social”.
Bajo estas circunstancias, Daniela Silva –quien dicho sea de paso se encuentra bajo los alcances del régimen laboral del D. Leg. N° 728 y su Reglamento, el D. S. N° 003-97-TR que protege del despido arbitrario tanto a los trabajadores ordinarios como a los de confianza– se dirigió por escrito a la Oficina de Recursos Humanos del Congreso para solicitar la nulidad del despido del cual estaba siendo víctima, básicamente porque no se procedió a efectivizar un despido conforme al mecanismo establecido para tal efecto por el artículo 32° del referido D. S. N° 003-97-TR, situación que verifica la ilegalidad de la decisión del congresista Wilder Ruiz.
Para que un trabajador cualesquiera, incluido el trabajador llamado “de confianza”, sea despedido de su puesto de trabajo, en primer lugar tiene que cometer alguna de las faltas tipificadas como graves por el artículo 26° del citado D. S. N° 003-97-TR y, en segundo lugar, tiene que ser notificado previamente con una carta de pre-aviso de despido en la cual se le imputan los cargos que generan la decisión del empleador (en función del referido artículo 26°), otorgándosele un plazo de seis días para que pueda ejercer su derecho de defensa, al final de los cuales el empleador decide si notifica la carta de despido o se retracta del asunto y opta por mantener la relación laboral.
En el caso de Daniela Silva, nada de esto sucedió, lo cual configura el despido sin causa, el cual se agrava dada su condición de mujer trabajadora en estado de gestación.
En declaraciones brindadas por el congresista Wilder Ruiz a la periodista Juliana Oxenford el día martes 18 de noviembre, éste negó haber despedido a su trabajadora al haberse enterado de su estado de gestación vía los whatsapp del lunes 10 de noviembre, y aseguró haberla despedido tres días antes, el viernes 7, en horas de la tarde. Pero Daniela Silva mostró otros whatsapp en los que tuvo conversación con su entonces jefe, que datan del mismo viernes 7 de noviembre sobre las 5:00 de la tarde, en los que ésta le informa que aquél acababa de recibir en ese momento unas invitaciones de la bancada nacionalista para cumplir unos compromisos político-sociales la siguiente semana.
Mediante un comunicado de prensa difundido por el despacho de Wilder Ruiz el día miércoles 19, éste varió su versión del despido del viernes 7 e introdujo la historia de que Daniela Silva había renunciado el 4 de septiembre mediante una carta firmada por ella.
Todos estos hechos han sido denunciados al Ministerio de la Mujer, del cual aún se aguarda respuesta hace más de una semana.
La cosa no va a estar esta vez tan fácil para el congresista Wilder Ruiz, en quien ya pesan antecedentes de pésima reputación por sus extrañas actuaciones en el caso Andahuasi y por haber consignado datos falsos en su hoja de vida de funcionario público.