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¡Denunciado penalmente alcalde Hugo Ramos de Pachacámac!*

¡Denunciado penalmente alcalde Hugo Ramos de Pachacámac!*

Publicado: 2017-08-08


Señal de Alerta

por Herbert Mujica Rojas

8-8-2017

¡Denunciado penalmente alcalde Hugo Ramos de Pachacámac!*

http://senaldealerta.pe/pol%C3%ADtica/%C2%A1denunciado-penalmente-alcalde-hugo-ramos-de-pachac%C3%A1mac

El muro ilegalmente construido por la sociedad conyugal formada por Javier Palma Ugarte y Carmen Gallo Alvarez Calderón y que fuera demolido el 29-12-2016 por la Municipalidad de Pachacámac, luego de largos meses de tiras y aflojes, idas y venidas porque violaba una vía carrozable y un canal de regadío (propiedad del Estado) y el acceso a otros vecinos (propiedad privada), por extrañas circunstancias y la mano del alcalde Hugo Ramos Lescano, fue declarada nula y el resultado fue que el muro se volvió a construir.

¿Pueden las autoridades actuar con prisas sumamente sospechosas en nada equivalentes a lo que demoró el proceso de demolición que la misma alcaldía ordenó para el 29-12-2017?

El texto completo puede leerse adjunto a este artículo. Un par de párrafos nos sitúan en la denuncia presentada contra el burgomaestre de Pachacámac.

1.- HUGO L. RAMOS LESCANO en su condición de Alcalde de la Municipalidad de Pachacamac y PEPE FLORES ROQUE en su condición de Secretario General, quienes suscriben la Resolución de Alcaldía Nº 407-2016-MDP/A de 29.12.16 que declara la nulidad de oficio de la Resolución de Gerencia Municipal Nº 009-2015-GM/MDP de 03.02.15 y con lo cual, cometen los ilícitos penales tipificados en el Artículo 376 que señala: El funcionario público que, abusando de sus atribuciones, comete u ordena un acto arbitrario que cause perjuicio a alguien será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años; y en el Artículo 410 del Código Penal, que señala: La autoridad que, a sabiendas, se avoque a procesos en trámite ante el órgano jurisdiccional, será reprimida con pena privativa de libertad no mayor de dos años e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 4.

2.- LEONIDAS IVAN ALTAMIRANO MATUS, quien suscribe el Informe Nº 908-2016-MDP/GDUR/SGOPCHU de 16.12.16; EDWIN ANTONIO HUAPAYA ZUÑIGA quien suscribe el Informe Nº 193-2016-MDP/GDUR/SGOPCHU-EAHZ de 16.12.16; NAHUN FREDDY RUIZ GOMEZ quien suscribe el Informe Nº 415-2016-MDP/GAJ de 28.12.16 y contra las personas que suscriben los Informes Nº 056-2016-MDP/GR/SEC de 29.12.16, Informe Nº 142-2016-MDP/GR de 21.12.16, cuyos nombres se determinarán en el trascurso de la investigación.

Todas estas personas inusualmente han emitido con total irregularidad y rapidez informes que contradicen los documentos que habían sido materia de pronunciamiento por parte de la Municipalidad y que sirvieron de sustento a la Resolución de Gerencia Municipal Nro. 009-2015-GM/MDP de fecha 03.feb.15, así como la Resolución de Gerencia Nro. 292-2014-MDP/GDUR de fecha 12.set.14.

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-11-7-2017

Misterioso retroceso de alcalde de Pachacámac

http://senaldealerta.pe/noticias/misterioso-retroceso-de-alcalde-de-pachac%C3%A1mac

-4-7-2017

Pachacámac: demuelen muro que invadía propiedad pública y privada

http://senaldealerta.pe/noticias/pachac%C3%A1mac-demuelen-muro-puesto-arbitrariamente

*En días pasados Panorama con la conducción de Rosana Cueva aludió al tema con imprecisiones que, vía carta notarial, señaló el abogado Edgardo Gamarra, quien está a la espera de respuesta para hacer sus descargos en el programa televisivo.


Escrito por

herbertmujicarojas

¿Será lícito describirse uno mismo? Al servicio y consagración de las causas populares. Nada hay más importante que procurar la victoria de los ideales que pasan por un Perú libre, justo y culto.


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