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Delitos que queman, deben investigarse y sancionarse

Delitos que queman, deben investigarse y sancionarse

Publicado: 2018-09-01

 

Delitos que queman, deben investigarse y sancionarse

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com


1-9-2018

A.- Crimen arrollador.- La notitia criminis que acribilla a 3 fiscales supremos, como integrantes de una malévola organización criminal, es para que la investigue el fiscal supremo competente. Sandra Castro Castillo no lo es, solo informa al que legalmente le compete.

Una notitia criminis, es la que llega en nuestro camino, a cualquier hora y del modo que fuere, y que acribille a quien sea, por ejemplo, a 3 fiscales supremos. Es para que la investigue el fiscal también supremo competente. Sandra Castro es fiscal provincial. No es su competencia investigarlos a los que se dicen aforados, por eso con propiedad, al toparse con esa noticia comisiva, solo informa, por escrito y con valentía, al ente fiscal que corresponde.

Sandra Castro no tiene que corroborar o verificar nada. No le corresponde hacerlo. Por eso, no ha cometido ninguna "ligereza" al informarla a su superior, tampoco sabe que esa delación (notitia criminis) es "falsedad", como la reputan los 3 fiscales supremos, aforados los considera la misma Sara Castro como prueba de que no le asiste procesarlos.

B.- ¿Tres fiscales supremos en crimen organizado?.- Según el amplio informe de la fiscal penal Sandra Castro Castillo, que viene investigando este caso desde varios meses atrás, cursado al Fiscal de la Nación, se ha delatado por varios colaboradores eficaces, en pleno trámite del proceso de colaboración, la existencia de una organización criminal. En partes este documento de la citada fiscala es de veras lapidario, al revelar corrupción suprema.

Mientes relativas a este grueso affaire.- Los muchos delatados, aparecen como integrantes de la organización criminal "Los cuellos blancos del puerto", aunque sus variados miembros pertenezcan a órganos oficiales, empresas particulares u otras instituciones. No es que tiene que haber un formal documento de admisión al grupo tenebroso, ni las funciones de cada miembro son las mismas.

No confundir la organización criminal con la organización pública o privada (partidos políticos, empresas, Poder Judicial, Ministerio Público, ministerios, etc.) donde usualmente trabaja, con terno, corbata y a veces guante blanco, el mafioso miembro o el que los lidera.

El trabajo criminal dentro de su seno se reparte, según la calidad del integrante y el cargo o empleo que tiene en algún lugar diferente a la organización. Podríase aseverar que son inalámbricos estos grupos, no tienen ligamen visible, como lo es el sistema endocrino sin conexión física entre glándulas. El Jefe no tiene que ostentar un título.

Sin embargo, funcionan como unidad pétrea y con código moral propio, donde la hermandad ("hermanitos”), la solidaridad y férrea lealtad entre sí campea (Omertá). El solo teléfono es suficiente para que puedan operar, liderar y vencer las distancias que los separa.

Por ende, la prueba directa o la de meros indicios tienen que tener un concepto asaz diferente, que salga del tradicional que gustan a los mañosos procesalistas.

¡Gonzalo Chávarry, por ejemplo pide, con viveza digna de su causa, que le prueben sus actuaciones y el fujimorismo de Keiko sigue esperando las “pruebas” para decidir!

Obviamente, el imputado de delito no está para autoinvestigarse. Ni seguir en el puesto porque contaminaría la actuación probatoria.


Escrito por

herbertmujicarojas

¿Será lícito describirse uno mismo? Al servicio y consagración de las causas populares. Nada hay más importante que procurar la victoria de los ideales que pasan por un Perú libre, justo y culto.


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