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(IV) Misión de “topo” ¿ordenada en Cancillería?

(IV) Misión de “topo” ¿ordenada en Cancillería?

Publicado: 2022-05-12


Informe Herbert Mujica Rojas

Diario Uno-12-5-2022

Caso embajador Fortunato Quesada

(IV) Misión de “topo” ¿ordenada en Cancillería?


Cada vez más desconcertante el silencio en Cancillería.

Luego de tres artículos precedentes, en el sonado caso administrativo en torno al embajador Fortunato Quesada mínimo se abría la expectativa de algún pronunciamiento. Pero mutis por el foro. Por bagatelas sin mayor eco ni fortuna, sí que han existido declaraciones. En cambio pareciera ser que la mudez signa cualquier aproximación al tema de este diplomático malamente destituido.

Presumir que en el Ministerio de Relaciones Exteriores no han leído los Informes, plenos en datos, aseveraciones y sorprendentes comportamientos, ninguno de los cuales ha sido refutado, llama a preocupante reflexión. ¿O la consigna es el mutismo o están esperando, con resignación colérica, lo que se viene encima que no es otra cosa que una derrota sin atenuantes y hasta diría que vergonzosa.

Dadas las insistentes preguntas de nuestro numeroso público lector, enteré y trasladé, para sus aclaraciones, las interrogantes al embajador Fortunato Quesada y respondió por escrito:

“Mi cargo fue de responsable de Protocolo en Palacio de Gobierno y mi superior, ni más ni menos el presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, por tanto a él reportaba, consultaba e informaba de los eventos propios de esa cartera de trabajo.

Me negué a ser portavoz, alabardero o cadena de transmisión en torno y sobre los actos del presidente porque eso significaba la transformación de mi cargo en un simple mandadero, espía o, como dice el argot popular, en un “topo” que lleva y trae. Eso no es lo que he aprendido en mi carrera y por defender esa noble academia, me gané las cóleras del ex canciller Luna y sus allegados Néstor Popolizio y Hugo de Zela.

¿Desde cuándo un canciller “necesita” tener “conocimiento” de las actividades múltiples de un presidente? La inferencia no puede ser otra que una exageración en torno a los poderes del titular de Relaciones Exteriores y que tienen que ver ¡precisamente! con los asuntos foráneos.”

Consultado sobre si hay pruebas del así llamado complot, Quesada subraya:

“Aquí está plenamente demostrada la conspiración en los 31 folios legalizados en Israel el 20-10-2020 donde queda claramente definida la programación y organización del complot en contra por parte del embajador José Boza y el ministro consejero Pedro Rubín. ¿Acaso estos dos funcionarios han sido sancionados por esta complicidad?

En este caso se violó no solo el debido proceso y el principio de la proporcionalidad de la sanción aplicada, sino que también se patentizó la ignorancia legal y jurídica del canciller Popolizio y del viceministro de Zela porque, aparentemente, no sabían que las grabaciones habían sido obtenidas de manera ilegal. ¿Cuál era su intencionalidad? Destruir la institucionalidad en Torre Tagle y dar un pésimo ejemplo a las nuevas generaciones.

Más aún aquí se violentó el Estado de Derecho, mis derechos constitucionales y lo que es peor, la justicia en la Cancillería no funciona y mucho menos es justa dado que todo, en mi caso, fue premeditado desde su inicio.

¡La corrupción administrativa debe terminar en Torre Tagle!.”

Preguntas y caminos obligatorios

Tal como se han desarrollado los hechos desde el 2018 a la fecha, todo indica que las ventiscas negativas sellarían el caso contra el propio Ministerio de Relaciones Exteriores que habría de recorrer los siguientes tramos, todos en derrota. Consultados algunos abogados coincidieron en señalar estos pasos:

1. Revocatoria

Al haberse violado el debido proceso, así como haber impuesto una pena desproporcionada, arbitraria e injusta, al tiempo de no haberse realizado el peritaje correspondiente, lo cual denota clara determinación por parte del viceministro de Zela y el canciller Popolizio en el 2018, es necesario y justo y, sobre todo en base a la verdad de las pruebas irrefutables que hoy existen, aplicar esta figura legal.

2. Reposición

Se da conjuntamente con la revocatoria y se procede a la reincorporación, en todos sus extremos, al servicio diplomático en actividad.

3. Reparación Civil

El diplomático destituido, Fortunato Quesada, dejó de percibir 46 salarios de su categoría en Israel, cuando le correspondió estar en el extranjero como embajador desde marzo 2018 a marzo 2023. La ley estipula cinco años en el exterior.

4.- Reconocimiento

El Ministerio de Relaciones Exteriores en base a su propia justicia institucional debe reconocer que se cometió un error injustificable que dañó por parte de la alta dirección de la Cancillería en el 2018, su imagen y prestigio.

5.- Renombramiento al exterior

Debería regresar en las mismas condiciones en las que estuvo Quesada en junio del 2018, conforme a ley.

Mientras Cancillería guarde un mutismo cuasi autista, su imagen sigue mellada y dañada. Y los hechos son más fuertes que cualquier buena o mala voluntad. Así de simple.


Escrito por

herbertmujicarojas

¿Será lícito describirse uno mismo? Al servicio y consagración de las causas populares. Nada hay más importante que procurar la victoria de los ideales que pasan por un Perú libre, justo y culto.


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